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“No será consitutivo de vulneración al derecho de la intimidad ni al secreto de las comunicaciones la gravación de un empleado”

Roldán Alarcón-Abogados facilita a través de la página de “noticias jurídicas”, el extracto de la Sentencia de fecha 20 de Noviembre de 2014, dictada por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, por la que se establece que el “ hecho de que un trabajador grave una conversación con su jefe dentro de un ambiente de conflicto laboral, no constituirá en ningún momento la vulneración ni al derecho de la intimidad ni al secreto de las comunicaciones.
A continuación dejamos el fundamento tercero, donde se establecen los fundamentos en los que se ha basado la sala.

http://noticias.juridicas.com/actual/4445-la-grabacion-por-un-trabajador-de-una-conversacion-con-su-empleador-no-constituye-una-vulneracion-ni-del-derecho-a-la-intimidad-ni-al-secreto-de-las-comunicaciones.html

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